El SITEL en 1ª persona
Hace unas semanas, un PJ se quejaba amargamente de lo mucho que tardaba Telefónica en responder a las órdenes judiciales de escucha a través de SITEL. Sí, me imagino que a estas alturas todos estáis familiarizados con el acrónimo de marras, gracias a nuestra clase política, capaz de joder una de las pocas cosas útiles y bien hechas de este país, sólo por salvar sus corruptos culos.
El caso es que, tal y como me lo contaron a mí, la cosa va como sigue (recordad, no soy ingeniero, lo mío es el Derecho, así que disculpad las imprecisiones):
Al principio, estaban los dinosaurios… Bueno, pues un poco después, estaba la telefonía móvil pre-GSM, ya sabéis, los viejos ladrillos como el Motorola DynaTAC. Como eran poco más que un walkie-talkie con conexión a la red telefónica, era tan fácil intervenir la línea como usar un scanner de frecuencias de radio, y estar cerca del fulano que llevara el móvil. Así se intervinieron, en 1991, las conversaciónes de Jose María “Txiki” Benegas, cuando era Secretario de Organización del PSOE, lo que era tanto como decir uno de los cinco hombres más poderosos de España.
La telefonía móvil de 2ª generación, o GSM, solucionó en parte el problema de la privacidad, pues incorpora un sistema de cifrado de serie, de tal manera que la conversación no se puede escuchar por un tercero que intercepte la señal entre el terminal y la antena repetidora. Para poder escuchar algo, hay que contar con la operadora, que es quien maneja la clave de cifrado a través de algo llamado Authentication User Center.
¿Qué hace SITEL en todo esto? Según tengo entendido, registra y graba todo lo que le pidas, pero no puede reinventar el sistema, así que tiene que hacerlo sin descifrar. Por así decirlo, te da la información dentro de una caja fuerte, pero sin la combinación, con lo que la privacidad de los particulares está a salvo. Sólo se puede tener acceso a la información cuando la operadora te comunica la clave. Y la clave sólo la dan previa orden judicial. Os puedo asegurar que no la entregan así como así. Incluso con un auto firmado, se hacen los remolones, como se quejaba el PJ de mi historia.
¿Y cómo sé que esto es cierto? Para empezar, la historia que os cuento iba de cazar a unos traficantes de droga cuando recibieran un importante envío de droga, por un lado, y un componente para montar su propio laboratorio, por otro. Ambas operaciones sólo dependían de que se conociera la fecha, hora y lugar de la entrega. Imaginemos que todo lo que he contado no fuera cierto, que la Policía decide pasarse el Estado de Derecho por el arco del triunfo y que pinchan el teléfono a las bravas (en el caso de que se pudiera). Cuando oyen el dato clave, montan la operación, detienen a los traficantes en plena vía pública, les incautan el material en el cacheo corporal, y al juez sólo hay que contarle que la detención se produjo gracias a un seguimiento policial y a la colaboración ciudadana. No hace falta presentar las escuchas, que serían nulas completamente.
Pero claro, esta es la tesis de “y si yo tuviera ruedas, sería una bicicleta”. Las cosas no funcionan así, y el SITEL no permite escuchar el contenido de las conversaciones si no hay clave de cifrado, y no hay clave de cifrado sin mandato judicial.
Ahora saldrá la típica pregunta: ¿Y el DVD de las grabaciones, cómo se garantiza su autenticidad? Pues muy sencillo, oiga. No se tiene que garantizar de ninguna manera. Si el acusado quiere impugnar la autenticidad de las grabaciones, lo tiene bien fácil: sólo tiene que demostrar que su alegación es cierta. Lo mismito que cuando el malo acusa a la policía de haberle puesto el cuchillo ensangrentado en la mano. Así funciona el principio de la carga de la prueba en Derecho Penal: si yo te acuso de cometer un delito, tengo que probar que lo cometiste, y tú sólo tienes que negar los hechos para defenderte. Pero si tú introduces un nuevo hecho, y me acusas de falsear las pruebas, el que tiene que probar sus afirmaciones eres tú. La carga de la prueba incumbe a quien alega el hecho, sea acusatorio o defensivo. Y pruebas periciales se pueden hacer todas las del mundo. Lo de que las grabaciones digitales se pueden manipular sin dejar rastro es una falacia que cualquier especialista en análisis informático forense puede refutar.
En definitiva, que lo del SITEL es una polémica estéril, que está poniendo en tela de (falso) juicio una herramienta utilísima para la lucha contra el crimen organizado. Y sólo para que cuatro corruptos intenten, a la desesperada, librarse de sus responsabilidades, en base a la táctica de todo buen abogado criminalista: si los hechos son claros, sólo queda emborronar el proceso.


