Calentito me tienen…
Hay días en que es mejor no levantarse de la cama.
En mi caso, aquejado por un proceso vírico indeterminado, me encuentro en cama, con la sopita a mano, echando a perder mi permiso de paternidad, así que la razón es de peso.
Pero si encima te levantas para comprar la prensa, y lees una gilipollez como ésta en un diario supuestamente serio, ya es para cagarse, aunque no sea por el virus…
A ver, señores de “El País”: la sentencia del alto tribunal europeo se produce en el marco de una consulta sobre un, ejem, ¡¡PROCEDIMIENTO CIVIL!!. Coño ya.
Aquí no hay delito por ningún lado, como bien recogen en el cuerpo de la noticia. Ese titular es una manipulación rastrera y una intoxicación de la opinión pública que espero corrijan a no tardar.
No obstante, la blogosfera también tiene lo suyo hoy. Mangas Verdes, que suele ser bastante mesurado en sus posiciones, dentro de su defensa de los usuarios de Internet, hoy ha encendido todas las luces de alarma, a mi modo de ver, demasiado temprano. Particularmente, en estas dos preguntas retóricas:
El hecho de que Promusicae reconozca haber obtenido las IP de varios usuarios espiándolos a través de Kazaa puede ser constitutivo de delito según la legislación actual.
Mira, Manuel, tío, que te admiro mucho, pero esta vez te has columpiado; la dirección IP es un dato OSINT: está a disposición de cualquiera, sin limitaciones, porque no afecta a la privacidad. Lo que es delictivo y afecta a la privacidad, es asociar ese dato a un nombre de abonado en el Mundo Real™, lo que se llama trazar la IP. Por cierto, eso es precisamente lo que Promusicae pretendía de Telefónica, y lo que se le ha denegado. Promusicae obtuvo las direcciones IP de usuarios como la podríamos obtener tú y yo: “El usuario eMule v0.47-g tiene la IP XXX.XXX.XXX.XXX”, o sea, el nick con el que te identificas en la red, pero no tu nombre real. La sentencia es positiva, considerada en sí misma. Ya veremos lo que trae el futuro, que llevo oyendo predicciones agoreras toda mi vida de internauta (y llevo en esto desde el 96). Si quieres comprobar lo que digo, los considerandos 30 y siguientes de la sentencia son bastante claros.
¿A qué medida ‘armoniosa’ o ‘equilibrada’ responde la frase “la legislación europea no excluye la posibilidad de que los Estados miembros impongan el deber de divulgar datos personales en un procedimiento civil”, vulnerando un derecho constitucional y fundamental en aras de una demanda civil? ¿No resulta desproporcionado?
Pues yo te lo explico: sólo por poner un ejemplo facilón, si algún desaprensivo te pilla a ti, o a tu señora (si la tienes, que no es asunto mío) en pelotas en la playa, lugar público, y las cuelga en Internet, te tienes que joder. Porque las acciones judiciales que puedas emprender no pasan ni cerca de la jurisdicción penal: rectificación, defensa del honor y la intimidad, protección de datos… Todo, todo, todo, procedimientos civiles y, como mucho, administrativos. Así pues, si alguna vez te ves en la desagradable tesitura de que todo Dios pueda verte el culo gracias a algún mamón con cámara, quizás empieces a considerar proporcionadas ciertas medidas. Porque con la ley actual en la mano, podrás reclamar ante Google, ante Flickr, ante YouTube o ante el Sursum Corda. Pero al responsable de la violación de tu privacidad no vas a pillarle. Derecho a la privacidad de los datos de conexión, lo llaman.



Ender, lo que dices de la playa y la mujer en pelotas me preocupa un poco. Me suena a la típica excusa por la que se nos vende la perdida de privacidad real a cambio de una hipotética protección.
Veo al ciudadano cada vez más indefenso ante el estado, y eso me preocupa: una sociedad basada en la fortaleza del estado en vez de en el buen hacer de sus ciudadanos, es algo inestable y abocado al fracaso.
Comentario de yabu — 30 Enero, 2008 @ 16:15
que digo que si se pudiese editar los posts, igual respetaba un poquito mejor la ortografía en el de antes
Comentario de yabu — 30 Enero, 2008 @ 16:16
Pues te sonará mal, pero es la puta realidad. Las imágenes captadas por particulares, de otros particulares, en un ámbito que no sea la estricta intimidad del hogar de estos últimos, aunque sea sin su permiso, no son constitutivas de delito. Para obtener algo parecido a Justicia es necesario acudir a un proceso civil, el de la Ley Orgánica 1/1982 de Protección del Derecho al Honor.
En ese proceso no se podría pedir el trazado de la IP del infractor, por lo mismo que dice la Sentencia que origina este revuelo.
Y eso, Yabu, no es el ciudadano indefenso frente al Estado. Es un ciudadano indefenso frente a otro ciudadano. ¿Que buen hacer es ese?
Comentario de Ender — 30 Enero, 2008 @ 16:28
Por cierto, ¿ésto te parece una típica excusa?
Todo el mundo se escuece en cuanto hablamos de privacidad en Internet. Pero hay gente que no se merece esa privacidad, los que mandan este tipo de imágenes y vídeos, respecto a la responsabilidad por sus actos. Y hay gente cuya privacidad está siendo violada sistemáticamente sin que nadie se queje, la de la gente que aparece en este tipo de imágenes y vídeos.
Comentario de Ender — 30 Enero, 2008 @ 16:36
Gracias por el enlace, Ender.
De todas formas, y volviendo al tema, creo que es un error el control excesivo. Estamos generando semillas de totalitarismo, donde se piensa que el ciudadano es malo y que es tonto y que en cuanto tenga un problema hay que ir al juez a que nos lo arregle. Si has dejado que tu novio te fotografíe en pelotas y es un impresentable capaz de colgarlo en la web, denuncia a tu novio o aprende a saber con quien andas. Creo que es un problema que se puede solucionar sin comprometer la privacidad de TODOS los demás usuarios de internet. Y lo que solucionamos, no lo olvidemos, ES UN TEMA MENOR.
Pero es que además: NO SE PUEDE CONTROLAR. Es teóricamente imposible. Si se admite el control de esos datos se pasará a encriptar el tráfico de datos, se hará el intercambio en círculos de confianza más reducidos, los usuarios proporcionarán acceso a otros usuarios a través de su conexión telefónica (no sé si has leido a Bruce Schneider últimamente cuando hablaba de dejar acceso libre a su wifi). No es la solución, si seguimos por ese camino el estado va a tener demasiado poder y vamos a estar como antes: con gente colgando cosas en internet sin que se sepa quienes son.
En fins, nos dirigimos al estado omnipotente con ciudadanos imbéciles, no sé si es el paraíso del comunismo o del capitalismo. El mío desde luego que no.
Comentario de yabu — 30 Enero, 2008 @ 17:07
# 5: Yabu, perdona que sea pesado, pero es que tú mismo te metes en la contradicción.
Primero: el que cuelgue tus fotos en un foro de voyeurs no tiene porqué ser el novio de la víctima. No tiene porqué ser conocido por nadie. Puede ser un tipo con un móvil con cámara, desde el paseo marítimo. O puede ser un vicioso de la cosa, que se haya comprado un teleobjetivo de narices y tenga un apartamento con vistas. Sin traza judicial de su IP, no hay manera de localizarle. No hablo de traza indiscriminada, sino sometida a control judicial.
Segundo: te cito textualmente.
Ejem. Vale. ¿Denunciar ante quien? Si estamos diciendo que los tribunales de justicia no puede autorizar un trazado de IP en causas civiles, mucho menos van a autorizar una entrada y registro en domicilio para incautarse de su ordenador. Ya me explicarás como vas a demostrar que alguien colgó tu foto en Internet. ¿Citarás como testigo a la Bruja Lola, que todo lo ve?
Por otro lado, habilitar la traza judicial para casos en los que derechos fundamentales, de los protegidos en la Sección 1ª del Capítulo 2º, Titulo I de la Constitución, puedan ser vulnerados, es una cosa. La intimidad, la privacidad, la protección de los menores, el honor, la vida, la integridad física y moral, la libertad sexual, son algunos de esos derechos. La propiedad intelectual no está en esa lista. Queda fuera. ¿Cual es el problema?
Comentario de Ender — 30 Enero, 2008 @ 17:24
Por cierto, antes de que a alguien se le vaya la pinza: el derecho a la creación literaria, científica o artística que contempla el artículo 20 de la Constitución española de 1978, es estrictamente eso. Derecho a crear. No derecho a cobrar.
Comentario de Ender — 30 Enero, 2008 @ 17:32
Por cierto, en el mismo periódico llaman “ciberviolación” a una violación real, realizada a una menor, con el agravante de filmarlo para colgarlo en internet o lo que sea, y digo yo:
A) Me parece que se está jugando peligrosamente con los términos; por lo menos cuando se habla de “ciber-algo” entiendo que no se pasa del nivel virtual.
B) Parece que lo grave del caso es la filmación, y no la violación en sí misma.
C) Sigo pensando que difundir estas cosas no hace sino “dar ideas” (en algún post pretérito hemos hablado de ello) y que la información de este tipo de sucesos debería huir de buscar lo anecdótico (al final parece que la culpa es ‘de internet’) o de lo truculento.
Comentario de Supermon — 30 Enero, 2008 @ 17:33
No me contradigo, Ender: denuncias a tu novio (o a quien sea), el juez no puede trazar la ip, se archiva el caso. No sería el primer caso que se archiva. No todos los delitos tienen por qué poder resolverse. A mi me robaron el sillín de la bicicleta cuando la tenía aparcada en una farola y no voy pidiendo que instalen cámaras en todas las calles (eso sí, bajo estricto control judicial y que sólo se usa cuando un juez buenísimo lo pide).
Además, si es que el que quiera hacer algo malo va a tomar sus precauciones y no lo vas a poder atrapar; sólo cogerás a los pringadillos. Porque, por ejemplo, ¿qué hacemos? ¿Pedimos el DNI al entrar a un ciber? (eso sí, guardando los datos de dónde has estado y dónde has dejado de estar bajo estricto control judicial).
Si el estado tiene demasiado poder, el día en el que el estado “no se porte bien” estaremos fritos. Si sólo tienes que ver el ejemplo de estados unidos, por favor…
Comentario de yabu — 30 Enero, 2008 @ 17:52
# 9: Sí te contradices, Yabu. Estás diciendo: “Denuncia, que total, lo mismo te va a dar”. Dices que la impunidad es buena.
Sigues confundiendo términos, al hablar de “delitos”, cuando repito que el principal problema es la naturaleza civil, no delictiva, de estos hechos.
Y por último, no estoy hablando de instalar cámaras donde no las había, sino de usar las ya existentes. Si te atracasen en un cajero automático, a punta de navaja, ¿te jodería que el atracador impugnase la prueba de la grabación de vídeo porque vulnera su intimidad?
En cuanto a lo de las precauciones y los pringadillos, eso déjemoslo a los profesionales de la investigación. Yo, desde mi experiencia profesional, te aseguro lo contrario: los delincuentes son mucho más chapuceros y confiados que lo que nos hace creer CSI.
Comentario de Ender — 30 Enero, 2008 @ 18:06
Bueno va, que alguien mencione a Hitler y que se acabe la discusión
Comentario de yabu — 30 Enero, 2008 @ 18:14
Un diálogo muy interesante…¿para que os vamos a interrumpir con lo bien que nos lo estamos pasando? Eso si, como decaiga el interés, comenzaremos a corear eso de: ¡Que se peguen, que se peguen! para grabar la pelea y colgarla en internet, eso si, con el consentimiento de Ender que el de yabu no hace falta
Comentario de Los Lunes al sol — 31 Enero, 2008 @ 09:47
Pero entonces Ender, aprovechándome un poquito de ti y dejando otro poco de lado la discusión, a ver si me resuelves una curiosidad legal:
Si tengo mi wifi abierta, se comete un delito a través de mi ip, ¿soy responsable de algo? ¿Tendría que demostrar yo que alguien se ha conectado a través de mi red para cometer el delito, o el peso de la prueba cae sobre la acusación o como se diga? ¿Y si mi ordenador está en una botnet o comprometido por un troyano?
Comentario de yabu — 31 Enero, 2008 @ 10:18
# 13: Es jodido el asunto, Yabu. Precisamente por eso defiendo con uñas y dientes la creación de una especialidad en delitos informáticos en mi gremio. Iniciativa que se había tomado a mediados del año pasado, pero que lleva paralizada desde Navidades, por razones que prefiero no comentar.
En cuanto a tu concreta pregunta, lo cierto es que la dirección IP sólo apunta a una máquina, no a una persona. Por ello, existe una dificultad adicional en probar la responsabilidad del usuario de ese ordenador. ¿Wifi abierta? Una auténtica pesadilla para los investigadores, la verdad. El tema de las botnets y los troyanos es más fácil si el sospechoso se aviene a colaborar con la policía y permite que se examine su ordenador en busca de ese archivo malicioso.
Comentario de Ender — 31 Enero, 2008 @ 14:27
Ender oño! avisa de los links que sean NSFW! que ese para colmo ha tenido a bien poner el explorador a pantalla completa! (y que pantalla, joder que gasto una de 24″ pa maquetar… xD)
Lo de las redes Wifi abiertas y demás es cierto que es una paranoia, pero creeme, no estás indefenso (creo yo), yo conozco un caso (y personalmente, nada de el amigo de un amigo y esas cosas) en el que se le llevaron el PC de casa, el portátil, le hicieron declarar, a él y a su mujer por ser sospechoso de distribución de pornografía infantil (todo esto en las “instancias” iniciales del proceso, no como acusado formal) pero rápidamente (o relativamente rápidamente) vieron que no había sido él (pero incluso salieron sus siglas en algún medio de comunicación).
Comentario de Nathanael — 31 Enero, 2008 @ 15:47
# 15: Ups, mil perdones. Es que fue lo primero que enganché para ilustrar la cuestión.
En cuanto a las wifis, la verdad es que los cuerpos especializados en combatir la delincuencia informática sólo tienen un pero: poquísima gente y demasiado trabajo.
Comentario de Ender — 31 Enero, 2008 @ 18:36
Hombre, Ender, en eso estamos de acuerdo, que si no luego van pidiendo los moldes de la web y cosas así
Todas formas voy abriendo la wifi, por lo que pudiera pasar. Aunque bueno… tengo wep así que casi que da lo mismo.
Comentario de yabu — 31 Enero, 2008 @ 20:08